lunes, 12 de junio de 2017

Creative Commons

         ¿Recuerdan el Copyleft? Bien, porque lo que hoy nos ocupa no es sino algo muy parecido y son las licencias Creative Commons. Creadas por Lawrence Lessig, son licencias que cuentan con una gran flexibilidad y apertura, aunque con ciertas restricciones y limites bien establecidos.
         Este tipo de licencias permiten la copia, distribución y reedición del contenido sin la necesidad de pagar derechos de autor y siempre que se reconozca al autor y se cumplan las condiciones que plantee la licencia en cuestión. Por lo general, suele usarse en ámbitos de uso no comercial, sin embargo esto no es excluyente.
          Cada creador puede decidir que tanta libertad permitirá para el uso de su contenido y es por eso que hay distintos tipos de licencias de CC, con mayores o menores restricciones y que voy a detallar a continuación:





 Reconocimiento: este tipo de licencia CC solo exige que se reconozca al autor del contenido.





 Reconocimiento-Compartir igual: permite el uso, la distribución y las obras derivadas siempre y cuando se reconozca al autor de contenido y que cualquier obra basada en este contenido se licencie con la misma licencia.



 Reconocimiento-Sin obras derivadas: permite la distribución y uso siempre que se reconozca al autor pero impide la creación de obras derivadas y la modificación de la original.



Reconocimiento-No comercial: solo permite el uso, distribución y re-edición para fines no comerciales siempre y cuando se reconozca al autor.



Reconocimiento-No comercial-Compartir igual: si bien esta licencia permite el uso, distribución y re-edición del contenido, esto debe ser reconociendo al autor, sin fines de lucro y licenciando cualquier obra derivada con esta misma licencia. 


Reconocimiento-No comercial-Sin obras derivadas: esta licencia, ademas de abogar por el reconocimiento del autor, impide el uso y distribución con fines comerciales del contenido y la creación de obras derivadas.

        Para finalizar, una ayuda para entender mejor las licencias Creative Commons:


No hay comentarios:

Publicar un comentario